La Fiscalía General del Estado de Querétaro informó que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución considerada histórica, al revocar la determinación de un Tribunal Colegiado de Circuito que había declarado inconstitucional el artículo 271 del Código Penal para el Estado de Querétaro, relativo al delito de negociaciones ilícitas cometido por personas servidoras públicas. De acuerdo con la Fiscalía, la resolución del Máximo Tribunal del país confirmó la validez de dicho artículo tras una votación unánime, al considerar que la norma define de manera clara y precisa las conductas sancionables, consistentes en el abuso de poder o el uso de información privilegiada por parte de personas servidoras públicas para obtener beneficios personales. El fallo deriva de un recurso promovido por la propia Fiscalía General del Estado, como resultado de un trabajo jurídico coordinado, y fue analizado durante la sesión del Pleno celebrada el pasado 7 de enero de 2026. En esa sesión, las ministras y ministros concluyeron que el artículo impugnado no vulnera principios constitucionales, ya que establece con claridad los supuestos en los que se configura el delito. Con esta determinación, se ratifica que el delito de negociaciones ilícitas es constitucionalmente válido y aplicable, lo que permite a las autoridades continuar investigando y sancionando conductas indebidas de personas servidoras públicas que se hayan aprovechado de su cargo o de información privilegiada.
El texto original de este artículo de la Agencia Quadratín